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Chile INN abre la vía de certificación directa para JAC T9/T8 Pro AT

El Instituto Nacional de Normalización (INN) de Chile actualizó la Resolución Técnica No. 124 el 19 de abril de 2026, estableciendo un canal de certificación directa para los camiones pesados JAC T9 y T8 Pro AT — aceptando informes de ensayo de laboratorios chinos CMA acreditados sin volver a realizar pruebas en Chile.

Resumen del evento

El 19 de abril de 2026, el Instituto Nacional de Normalización (INN) de Chile modificó formalmente la Resolución Técnica No. 124 para introducir una ‘vía de aceptación directa’ para la homologación de tipo de los camiones pesados de las series JAC T9 y T8 Pro AT. Conforme a esta actualización, los fabricantes pueden presentar informes de ensayo originales emitidos por laboratorios certificados por China Metrology Accreditation (CMA) que cubran 12 pruebas clave — incluidas EMC, rendimiento de frenado y NVH — para cumplir con los requisitos de conformidad técnica del INN. El ciclo de certificación se reduce a 14 días hábiles, y los costos de certificación por modelo disminuyen en aproximadamente USD 32,000.

Qué subsectores se ven afectados

Exportadores directos de vehículos comerciales chinos

Los fabricantes que exportan camiones pesados (p. ej., JAC, competidores de la serie SHACMAN X) a Chile y a América Latina en general enfrentan plazos acelerados de aprobación regulatoria. El cambio reduce directamente el tiempo de salida al mercado y disminuye la carga de cumplimiento para los modelos ya validados en China bajo protocolos de prueba alineados.

Proveedores de servicios de certificación & cumplimiento

Las empresas que ofrecen apoyo para la homologación de tipo ante el INN — especialmente aquellas con doble capacidad en coordinación con laboratorios chinos y tramitación regulatoria chilena — obtienen un alcance de servicio más ágil. Sin embargo, su propuesta de valor ahora depende más estrechamente de la verificación de trazabilidad de los informes de ensayo chinos y de la alineación con la interpretación de equivalencia del INN.

Proveedores de cadena de suministro & componentes posventa

Los proveedores cuyos componentes son parte integral de las plataformas T9/T8 Pro AT (p. ej., sistemas de frenos, unidades de control electrónico) pueden experimentar cambios indirectos en la demanda: una certificación más rápida del vehículo completo podría activar ciclos de compra más tempranos o requisitos de documentación más estrictos para los registros de validación de subsistemas.

Equipos de ingeniería OEM & homologación

Las unidades internas de homologación responsables de los lanzamientos al mercado latinoamericano ahora deben priorizar la coherencia entre la planificación de pruebas en China y los criterios de aceptación del INN — particularmente en lo referente a las versiones de las normas de ensayo, las condiciones ambientales y los formatos de informe.

Qué deben vigilar y hacer ahora las empresas y los profesionales

Dar seguimiento a la guía oficial del INN sobre los criterios de aceptabilidad de informes

Aunque el canal está abierto, el INN aún no ha publicado anexos técnicos detallados que especifiquen qué alcances de laboratorio CMA, ediciones de normas de ensayo (p. ej., ISO 11452-2 vs. IEC 61000-4-3) o reglas de formato de informes son obligatorios. Los exportadores deben seguir los avisos oficiales del INN y solicitar confirmación por escrito antes de la presentación.

Verificar la alineación entre los planes de ensayo en China y la resolución técnica del INN

No todos los 12 elementos de ensayo mencionados están estandarizados de manera idéntica entre jurisdicciones. Por ejemplo, la metodología de ensayo de frenos (p. ej., umbrales de desaceleración, configuraciones de carga) puede diferir entre las normas GB y NCh. Es esencial cotejar los protocolos de ensayo antes de contratar al laboratorio.

Distinguir la señal de política de la preparación operativa

Esta es una vía específica para JAC T9/T8 Pro AT — no un acuerdo general de reconocimiento mutuo. No se extiende a otros modelos, marcas o categorías de vehículos (p. ej., autobuses, camiones ligeros). Las empresas deben evitar extrapolar su aplicabilidad más allá del alcance declarado.

Preparar flujos documentales para la validación transfronteriza de informes

Los informes de ensayo chinos requieren traducciones notarizadas, evidencia de acreditación del laboratorio y declaraciones de cadena de custodia aceptables para el INN. Las empresas deben validar previamente estas plantillas documentales con socios legales o de certificación locales en Chile en lugar de iniciar presentaciones sin haberlas probado.

Observación editorial / Perspectiva de la industria

Desde una perspectiva de la industria, esta actualización se entiende mejor como un mecanismo piloto — no como un cambio sistémico en la regulación chilena de importaciones. Refleja la respuesta pragmática del INN al aumento de las exportaciones chinas de camiones y a la creciente demanda de eficiencia en la evaluación de la conformidad. Análisis, la decisión parece calibrada para líneas de productos específicas con infraestructura madura de ensayo en China, en lugar de señalar una armonización amplia. Observación, su escalabilidad depende de la revisión posterior a la implementación por parte del INN de la validez de los informes y de las tasas de no conformidad. El seguimiento actual debe centrarse menos en si se amplía a otros modelos, y más en cuán rigurosamente el INN aplica la trazabilidad y la fidelidad técnica en los informes aceptados.

Conclusión

Esta actualización representa una optimización procedimental para un conjunto limitado de vehículos — no una liberalización regulatoria. Su principal importancia radica en validar la viabilidad de aprovechar la infraestructura de ensayo existente en China para aprobaciones específicas en América Latina. Para las partes interesadas, subraya la creciente importancia de una planificación de ensayos coordinada y consciente de la jurisdicción — y sirve como caso de referencia sobre cómo la alineación técnica bilateral puede evolucionar de forma incremental, en lugar de mediante acuerdos amplios.

Atribución de la fuente

Fuente principal: Instituto Nacional de Normalización (INN) de Chile, Resolución Técnica No. 124 (modificada el 19 de abril de 2026). Nota: Las directrices específicas de implementación, la lista de laboratorios CMA aceptados y los criterios de elegibilidad para los formatos de informe siguen pendientes de publicación oficial y están sujetos a observación continua.